Salario
Los trabajadores y trabajadoras deben recibir un ingreso salarial acorde a la normativa vigente, por poner a disposición del empleador su fuerza de trabajo, que teniendo como centro el Convenio Colectivo de Trabajo, procura sostener el bienestar económico de cada uno y también de su familia.
Hay 4 tipos de ingresos mínimos que recibe cualquier trabajador o trabajadora en nuestro Convenio Colectivo. Cada uno de ellos tienen adicionales o conceptos específicos a pagar.
Además de los 4 ingresos básicos puede haber otros eventuales por función como Jefaturas u Honorarios, zona geográfica, por actividad circunstancial y distintos adicionales según características de cada uno o cada una.
Sueldo
El ingreso básico de un trabajador bajo convenio es el sueldo, que cobra dentro de los primeros 5 días hábiles del mes.
Es la suma de conceptos y adicionales de acuerdo a criterios de antigüedad, responsabilidad o funciones.
Goza de la garantía de un cobro que no puede disminuirse dado el carácter remunerativo de todos sus conceptos, excepto el del Refrigerio.
Para más detalles se ve en el Link siguiente
Fondo de Jerarquización
Es el cobro que percibimos todos los días 15 de cada mes y que corresponde a una breve porción de la recaudación ordinaria del Organismo. Se distribuye a través de una formula compleja entre los trabajadores y trabajadoras de ambos Convenios Colectivos. Refleja en mayor medida la distribución de acuerdo a criterios objetivos como el Fona y en menor medida es resultado de un proceso de calificación (7 bandas).
Sueldo Anual Complementario
Es el resultado de los mejores haberes percibidos en cada semestre (sueldo más fondo y plus vacacional). Se cobra en los meses de junio y diciembre.
El ingreso básico de un trabajador bajo convenio es el sueldo, que cobra dentro de los primeros 5 días hábiles del mes.
Es la suma de conceptos y adicionales de acuerdo a criterios de antigüedad, responsabilidad o funciones.
Es el cobro que percibimos todos los días 15 de cada mes y que corresponde a una breve porción de la recaudación ordinaria del Organismo.
Se distribuye a través de una formula compleja entre los trabajadores y trabajadoras de ambos Convenios Colectivos.
Goza de la garantía de un cobro que no puede disminuirse dado el carácter remunerativo de todos sus conceptos, excepto el del Refrigerio.
Refleja en mayor medida la distribución de acuerdo a criterios objetivos como el Fona y en menor medida es resultado de un proceso de calificación (7 bandas).
Es el resultado de los mejores haberes percibidos en cada semestre (sueldo más fondo y plus vacacional). Se cobra en los meses de junio y diciembre.
Es un beneficio convencional que tenemos las trabajadoras y los trabajadores del Organismo.
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Se calcula desde una fórmula donde intervienen el sueldo, el fondo de jerarquización y algunas de las licencias como la ordinaria anual.
Toma como base de cálculo lo determinado para el mes de Diciembre en Sueldo y Fondo de Jerarquización
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