Quiénes pueden solicitar la Indemnización por fallecimiento?

Conocé que integrantes de la familia pueden percibir esta indemnización.

ART CCT
CLIK
Art. 18
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Tienen derecho al cobro de la indemnización: el/la viudo/a, el/la conviviente, en concurrencia con los/las hijos/as solteros/as, siempre que no perciban una jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva. En el caso de hijos/as deben tener hasta 18 años de edad o ser discapacitados para acceder a la indemnización.

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PLAZO: 

Se cuenta con 2 años desde producido el fallecimiento para poder solicitar el cobro de la indemnización, luego se pierde el derecho..

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