Indemnización especial por jubilación o retiro por invalidez
¿Gravada por Ganancias?
NO
NO
¿Devenga para el cálculo del aguinaldo?
NO
¿Sujeto a aportes y contribuciones?
NO
¿Sujeto a aporte sindical?
NO
ART CCT
CLIK
Art 24 y 25
Esta indeminzación es para el agente que renuncie para acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria o retiro por invalidez.
CONDICIONES:
- Cumplir los requisitos establecidos en el régimen previsional aplicable.
- Cesar en sus funciones en el Organismo, presentando la renuncia en la sede administrativa mendiante GDE.
- Aportar constancia fehaciente de inicio del trámite jubilatorio o de obtención del beneficio correspondiente.
Quieres saber los requisito de antigüedad de esta indemnización?
Quieres saber los plazos y montos a percibir por esta indemnización?
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