Inasistencia por razones especiales

¿Con goce de haberes?
¿Afecta SIPES?
¿Incrementa el Plus Vacacional?
NO

Cuando incurras en inasistencias por motivos meteorológicos o hechos ajenos a tu voluntad que resulten de fuerza mayor, tenés una cobertura especial.

CCT
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Art 63 inc 3
1

En el caso que el agente no pueda concurrir a su lugar de trabajo por fenómenos meteorológicos o hechos totalmente ajenos a su voluntad, se justificará la inasistencia siempre que el hecho fuera debidamente comprobado, con goce de haberes. 

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